Como señala Lorenzo, "uno de los objetivos prioritarios de la reforma del IRPF es unificar la tributación de la totalidad de los productos de ahorro, incluyendo como tales tanto a los rendimientos del capital mobiliario como a las ganancias de patrimonio. En cuanto al esquema de tributación las rentas se clasifican como rentas generales y rentas del ahorro, y pasan a integrarse respectivamente en una BASE IMPONIBLE GENERAL Y EN UNA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO (tributación al tipo único del 18%). (...)
(...) En cuanto a las ganancias y pérdidas patrimoniales (que afectan principalmente a la compraventa de acciones, fondos de inversión o inmuebles) desaparece la distinción entre ganancias y pérdidas patrimoniales generadas en menos o más de 1 año. La única diferenciación que se establece es entre ganancias y pérdidas que se ponen de manifiesto como consecuencia de la transmisión de un elemento patrimonial, y resto de ganancias."
En todo caso, pensemos que, de momento, es sólo un anteproyecto y que hasta su aprobación definitiva aún pueden aparecer cambios. Lo seguiremos de cerca en este blog...